Contrato de Aprendizaje (Ley 789 de 2002)

1. Apoyo de sostenimiento

  • Fase lectiva: mínimo 50% de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
  • Fase práctica: mínimo 75% de SMMLV.
  • Si la tasa de desempleo nacional del año previo es menor al 10%, se eleva al 100% de SMMLV.
En 2025, con SMMLV en COP 1.423.500:
  • Etapa lectiva: ~COP 711.750
  • Etapa práctica: ~COP 1.067.625 (o hasta COP 1.423.500 si desempleo <10%)

2. No es salario sino apoyo

El apoyo no se considera salario, pero garantiza cobertura de salud y riesgos laborales. No incluye pensión, cesantías, primas ni vacaciones durante la fase lectiva.

3. Afiliaciones del aprendiz

  • Salud y ARL: cubiertas y pagadas por la empresa en ambas fases.
  • Pensión: solo en la fase práctica o en formación dual si se reconoce como contrato laboral.

4. Jornada laboral

La jornada corresponde a la legal máxima aplicable (hasta 44 h/semana), debidamente pactada en el contrato.

5. Contrato dual y duración

  • Contrato tradicional: máximo 2 años (lectiva + práctica).
  • Dual (Ley 2466 de 2025): hasta 3 años, con primera etapa al 75% SMMLV y luego 100%, con prestaciones.

🆕 Reforma Laboral – Ley 2466 de 2025

Se transforma el contrato de aprendizaje en un contrato laboral formal:

  • Remuneración durante la práctica: 100% SMMLV + prestaciones sociales (salud, pensión, ARL, primas, vacaciones).
  • Durante la etapa lectiva: 75% SMMLV + prestaciones.
  • Las empresas que no contraten aprendices deben pagar una monetización equivalente a 1,5 SMMLV por cada aprendiz no vinculado.

📝 Resumen y aplicación práctica

Aspecto Antes (Ley 789/2002) Ahora (Ley 2466/2025)
Apoyo lectiva ≥50% SMMLV 75% SMMLV + prestaciones
Apoyo práctica ≥75% SMMLV (o 100% si desempleo<10%) 100% SMMLV + prestaciones
Seguridad social Salud y ARL en ambas fases; pensión solo práctica Salud, ARL y pensión siempre
Prestaciones sociales Solo fase práctica Incluye primas, cesantías, vacaciones
Jornada y contrato Hasta 44 h/semana y escrito Término fijo laboral, dual máximo 3 años
Monetización por incumplimiento N/A 1,5 SMMLV por aprendiz omitido